Herramientas de Accesibilidad
Los puntos Facilísimo de la Plaza de Bolívar y el que está ubicado en la carrera 15 con calle 21 cerca al restaurante Frisby, están habilitados desde hoy para que los abuelos y abuelas que reciben el subsidio de Colombia Mayor lo puedan hacer también en estos espacios.
Hemos tenido una afluencia de público muy importante el día de ayer cuando iniciamos los pagos en la Secretaría de Desarrollo Social, pero también queremos que los abuelos y abuelas tengan esas dos opciones para facilitar el acceso al subsidio, evitar un poco las aglomeraciones y que obviamente ellos estén más cómodos, informaron desde la cartera social del Municipio.
Cabe resaltar que tanto, hoy miércoles 31 de julio como el jueves 1 de agosto, también se realizarán los pagos en la Secretaría de Desarrollo Social como se había informado inicialmente y el horario es de 7 a.m. a 4 p.m. en jornada continua.
Durante el primer semestre de 2019, la Empresa Social del Estado fortaleció acciones individuales y colectivas para la prevención y detección temprana de la enfermedad informó la gerente Magda Lucía Carvajal Irirarte, durante la reciente junta directiva presidida por el alcalde Oscar Castellanos Tabares.
La funcionaria explicó que en cumplimiento de las nuevas directrices nacionales para una mejor atención a los pacientes, se intensificaron los controles de crecimiento, los programas de atención del riesgo cardiovascular y enfermedades crónicas, la promoción de la salud, el seguimiento materno prenatal y la asistencia que beneficie a los cursos de vida de primera infancia, infancia, niñez, adolescencia, juventud, adultez y vejez.
Así mismo se dispuso un plan de mejora en la atención a los pacientes con el aumento en el tiempo de consulta. Entre el 1 y el 6 de agosto, etapa de alistamiento, la atención al paciente se extenderá por una hora. A partir del 7 del mismo mes las consultas serán de media hora, para una mejor valoración.
“Esta es una buena noticia para los usuarios de nuestra empresa prestadora de servicios de salud y responde al interés de que todos los armenios cuenten con una atención de buena calidad y efectividad” afirmó el alcalde Oscar Castellanos Tabares al conocer el balance de Red Salud.
Siempre en sintonía con programas nacionales
Red Salud Armenia Ese, conjuntamente con la Alcaldía de Armenia y la Secretaría de Salud del Municipio promovió durante los primeros meses del año las jornadas de vacunación masiva, para lograr una efectiva cobertura. “Hemos logrado llegar a gran sector de la población con la campaña del Ministerio de Salud 'Vacunas al día, se la ponemos fácil', con un gran balance en la más reciente: 513 personas inoculadas con biológicos para prevenir el tétano, la fiebre amarilla, influenza y el Virus del Papiloma Humano (VPH). Además, se completaron los esquemas de vacunación a los niños menores de seis años con biológicos como: rotavirus, pentavalente, neumococo, triple viral y polio” precisó la gerente.
La ampliación de cobertura se ha logrado gracias al buen trabajo de los Centros de Salud y a la disposición de puestos de vacunación masiva en centros de encuentro ciudadano como los centros comerciales Unicentro, Calima, Portal del Quindío y Centro Comercial del Café, la plaza Minorista, Mercar, y los parques Sucre y Fundadores.
'Soy generación más sonriente'
Este programa de la ESE forman parte de la atención permanente en los centros de salud para suministrar barniz del flour y practicar detartrajes y sellantes, con el propósito de garantizar una mejor salud bucal a los usuarios. En cumplimiento de las actividades extramurales que adelanta Red Salud también se ofrece la atención en diferentes sectores de Armenia y como complemento a las jornadas de vacunación.
La unidad móvil siempre lista
El equipo interdisciplinario de la entidad, enfocado en la prevención de la enfermedad y la promoción de salud desplaza el portafolio de servicios a diferentes sectores, como es el caso del Centro de Salud de Santa Rita.
Allí se brindó atención a 71 personas en salud oral, vacunación, citologías, control prenatal y asesoría en planificación familiar, entre otros.
“Seguiremos haciendo un trabajo extramural para llegar a todos los ciudadanos, no solo en atención sino en promoción de salud, llegando con información clara a través de las tiendas de barrio y los graneros, para que todos los armenios conozcan la oferta institucional y hagan uso de ella” puntualizó la gerente Magda Lucía Carvajal Iriarte.
Por comunicaciones Corpocultura.
Hasta el próximo 2 de septiembre estará abierta la convocatoria para la versión 27 del reinado de la Chapolera. Desde la Corporación de Cultura y Turismo de Armenia se extiende la invitación para que las mujeres entre 18 y 24 años residentes en la ciudad participen en este certamen, que busca exaltar la belleza de la mujer cuyabra y sus costumbres cafeteras.
Las interesadas en participar en el reinado pueden solicitar el formulario de inscripción en las oficinas de la Corporación de Cultura y Turismo, ubicada en el edificio Republicano de la antigua estación del ferrocarril, o descargarlo desde la página web http://www.armeniaculturayturismo.gov.co/corpocultura/tramites/0/formulario-de-inscripcion-reinado-de-la-chapolera-1581
El formulario deberá ser diligenciado en su totalidad y la candidata estar avalada por su junta de acción comunal; este se recibirá de lunes a viernes en horario laboral de 8 a.m. a 12 del mediodía y de 2 a 6 p.m.
La directora de Corpocultura, Olga Lucia Urrea Moncaleano, espera contar con gran acogida y participación de las jóvenes de las diferentes comunas de la ciudad y así resaltar la belleza como un homenaje a la mujer de la región, representando los valores cívicos, sociales, culturales y familiares.
Por comunicaciones EPA ESP.
La presentación del inventario y el diagnóstico frente a la descontaminación de las fuentes hídricas de la ciudad de Armenia, fue uno de los avances más importantes presentados por Empresas Públicas de Armenia ESP, durante la segunda revisión de las obligaciones en el fallo del Tribunal Administrativo del Quindío - TAQ, en las que la empresa ha presentado un avance del 50 % en su cumplimiento, demostrando un balance positivo, como resultado del trabajo articulado entre entidades como el municipio de Armenia, Planeación Municipal y CRQ.
Se destacó por ejemplo, el seguimiento constante que desde EPA y otras entidades se hace a los 300 puntos de vertimiento identificados, alcanzando un avance del 45 % de la totalidad del perímetro.
Asimismo, se entregaron progresos de los puntos de monitoreo realizados a las fuentes hídricas, acordados con la Corporación Autónoma Regional del Quindío – CRQ, que servirán para la revisión de la calidad del agua (carga contaminante), con seguimientos en la época invernal y de verano, a través de Laboratorios de Calidad del Agua acreditados.
Por su parte, Planeación Municipal identificó cerca de 20 zonas subnormales en la capital quindiana, con puntos de vertimiento no legalizados y que no cuentan con los requisitos mínimos de construcción, ni servicios públicos normalizados. “Es importante que se tenga en cuenta que incluso antes de darse el fallo, desde la entidad se suspendieron los permisos para permitir nuevas descargas y lo que nos ha permitido el diagnóstico en el que estamos trabajando es ratificar que los puntos encontrados obedecen a estas zonas subnormales”, informó María Isabel López Martínez, gerente encargada de Empresas Públicas de Armenia.
Así mismo, se hizo énfasis en las acciones realizadas por parte del Comité de Cultura Ciudadana de EPA, PÉGATE, en el que han participado los diferentes procesos no solo con actividades de corresponsabilidad, sino con la limpieza de tres quebradas: Santa Rita, Zanjón Hondo y Las Yeguas, jornadas en las que se recolectaron alrededor de 12 toneladas de residuos sólidos.
Finalmente, se ratifica desde la gerencia el compromiso frente al fallo, el cual se resume en la descontaminación en los próximos diez años del 50% de las quebradas de la ciudad; y a mediano plazo se trabajará en la construcción de colectores y una PTAR en el sector de La Florida, asegurando de esta forma la descontaminación del 15% de la zona, entre otras actividades. El PSMV por su parte, tendrá una proyección a 30 años para lograr la descontaminación de las fuentes hídricas de la ciudad de Armenia.
El Alcalde de Armenia y los Registradores Especiales Municipales del Estado Civil del Municipio de Armenia, Quindío, en uso de sus facultades Constitucionales y Legales, en especial las conferidas por el Consejo Nacional Electoral de conformidad con el Artículo 37 de la Ley 1475 de 2011 construyeron bajo el liderazgo del Departamento Administrativo de Planeación, la Secretaria de Gobierno y Convivencia, en compañía del Comité de Seguimiento Electoral, integrado por representantes de la Contraloría, Registraduría, Personería, miembros e integrantes de partidos políticos y grupos significativos, un documento que explica en detalle y de forma imparcial la normativa especifica que regirá las necesidades en materia de publicidad exterior de cara a las próximas elecciones.
La contienda electoral que definirá gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles o miembros de las juntas administradoras locales se realizarán el día 27 de octubre de 2019. En consecuencia, el Alcalde Oscar Castellanos Tabares conforme lo indica el articulo 79 de la Constitución Política de 1991 establece que todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano y que es deber del Estado velar por la protección de la integridad del espacio público, el derecho de la comunidad a disfrutar de los paisajes que contribuyan a su bienestar y a la integridad del Espacio Público y del Medio Ambiente Urbano.
De acuerdo a lo acordado, los medios de comunicación social únicamente podrá realizar su intervención dentro de los sesenta (60) días anteriores a la fecha de la respectiva votación, y la que se realice empleando el espacio público podrá realizarse dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de la respectiva votación.
En concordancia con las facultades dispuestas por el Artículo 198 ibidem, el Alcalde del Municipio de Armenia profirió el Decreto 063 de 2013, por medio del cual se reglamenta el cobro y colocación de los avisos y tableros de los establecimientos comerciales, industriales, servicios y/o financieros y la publicidad exterior visual.
Los siguientes comportamientos son contrarios al cuidado e integridad del espacio público y por lo tanto no deben efectuarse: Fijar en espacio público propaganda, avisos o pasacalles, pancartas, pendones, vallas o banderolas, sin el debido permiso o incumpliendo las condiciones establecidas en la normatividad vigente.
En los casos de contaminación visual producida por concepto de Publicidad Exterior Visual, se impondrá una multa al responsable de contrariar la normatividad vigente en la materia.
Este decreto establece las cantidades y los elementos de publicidad exterior visual en aras a disminuir la contaminación visual en la ciudad:
Vallas:
Se autoriza un máximo de siete (7) elementos de publicidad exterior visual de carácter político tipo valla, para las los partidos políticos y movimientos políticos, los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos.
Las vallas deberán contener en lugar visible el número del permiso y su respectiva vigencia. De igual forma, los partidos y movimientos políticos, los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos, deberán suministrar al Departamento Administrativo de Planeación Municipal el(los) nombre(s) de lo(s) candidato(s) y el lugar en que se sitúen las siete vallas que le corresponden.
Pantalla Led:
La publicidad exterior visual tipo LED o pantallas Electrónicas no tendrá limitaciones para la instalación de propaganda electoral, siempre y cuando esta publicidad no ocupe permanentemente la publicidad LED o Pantallas Electrónicas; de ser así se le denominara como valla y deberá surtir el cumplimiento de los requisitos de este tipo de publicidad.
Afiches, Carteles y/o Pendones:
Se permitirá fijar afiches, carteles y pendones en ventanas de residencias, oficinas y/o establecimientos de comercio, los cuales deberán tener un área máxima de 70 cm de altura por 60 cm de ancho, y tener autorización del propietario, poseedor y/o tenedor del inmueble.
Publicidad Móvil:
En vehículos particulares, se podrá instalar propaganda electoral en material microperforado, cuyo porcentaje de luminosidad no sea inferior a 70 % en los vidrios laterales, trasero o de quinta puerta; y en la parte superior del vidrio parabrisas se podrá instalar una franja cuyo alto no supere los 15 cm y con un ancho que no exceda la medida del vidrio.
En vehículos de servicio público, se podrá instalar propaganda electoral en material micro perforado, cuyo porcentaje de luminosidad no sea inferior a 70 %, únicamente en el vidrio trasero o de quinta puerta, a excepción de Bus Urbano Municipal.
Se permitirá un máximo de cuatro (4) carros valla con elementos de Publicidad Electoral, por cada partido, movimiento político, movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos, siempre y cuando cuenten con el debido registro ante el Departamento Administrativo de Planeación, conforme al Decreto Municipal No. 063 de 2013.
Los carros valla deberán portar el respectivo permiso y el paz y salvo de impuestos en su circulación. Así mismo, la publicidad deberá contener en lugar visible el número del permiso y su vigencia.
Los partidos y movimientos políticos, los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos, deberán allegar al Departamento Administrativo de Planeación municipal lista de los carros valla publicitarios que van a utilizar identificando el vehículo y el (los) candidato (s).
Se permitirá fijar un aviso con un área hasta de 5 mts2 en cada una de las sedes políticas.
Prohibiciones:
Ningún tipo de elemento de propaganda política, tal como, pasacalles y tijeras, podrá ser ubicado en el espacio público, instalado o izado en los postes de alumbrado público o semáforos, ni sobre las infraestructuras públicas de la ciudad como equipamientos colectivos, paraderos, mobiliarios urbanos (como mogadores, mupis, bancas, basureras, etc.) vías de tránsito vehicular y peatonales, ordenadores viales, separadores, elementos naturales como árboles, antejardines, cerramientos de lotes públicos o privados ni en fachadas de las edificaciones.
De igual manera, por ningún motivo podrán ser ubicados elementos de publicidad electoral:
- Dentro de 200 metros de distancia de los bienes declarados monumentos nacionales.
- En el Mirador La Secreta.
- En plazas publicas.
- En las fachadas y culatas de edificaciones públicas o privadas, a excepción de las vallas autorizadas por el Departamento Administrativo de Planeación.
- En los monumentos históricos y arquitectónicos.
- En los lugares en los que obstaculicen el tránsito peatonal, en donde interfiera con la visibilidad de la señalización informativa y de la nomenclatura urbana, aun cuando sean removibles.
- Mapping en las fachadas y culatas de edificaciones públicas y privadas.
- Elementos aéreos, salvo lo establecido en el Decreto 063 de 2013.
- En los vidrios parabrisas y laterales de los vehículos de servicio público de transporte terrestre automotor y en ninguno de los vidrios de los vehículos de transporte público colectivo de pasajeros (bus urbano) de conformidad con el parágrafo del artículo 90 de la Ley 769 de 2002.
El día de las elecciones queda prohibida la distribución de publicidad a menos de cincuenta metros (50 m) de distancia de las mesas de votación.
En el caso de alianzas, los partidos y movimientos políticos, los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos podrán participar del mismo elemento de publicidad exterior visual tipo valla, y carro valla. En todo caso, ningún candidato podrá tener más de siete (07) vallas y cuatro (04) carros valla.
Retiro de Propaganda Electoral:
Los elementos de Publicidad Exterior Visual de que trata el presente Decreto, deberán ser desmontados dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la finalización de la contienda electoral.
De ser necesario el Departamento Administrativo de Planeación Municipal de Armenia, las dependencias competentes para realizar el trámite correspondiente y si es necesario con el acompañamiento de la fuerza pública, removerán los elementos de publicidad exterior visual de carácter político. Los costos ocasionados por la remoción serán asumidos por el partido político, movimiento políticos, movimiento social y grupo significativo de ciudadanos, al cual pertenezca el candidato y las notificaciones se harán a los representantes legales o promotores inscritos de los Partidos, Movimientos o Grupos contraventores, por los medios autorizados por la Ley o a quienes estos deleguen expresamente, sin perjuicio de las sanciones y multas que imponga el Consejo Nacional Electoral.
José J. Dominguez, Secretario de Gobierno y Convivencia del Municipio resalto finalmente que: ”Elaboramos un decreto compartido y modificado entre todos, lo que nos permitió que este satisficiera en lo posible las expectativas de quienes van a participar en la jornada electoral y en el que se propendiera por la imparcialidad”.
Nota: A continuación se adjunta el documento completo que contiene en detalle cada una de las condiciones expuestas y aclara la normatividad que a este obliga.