La Secretaría de Gobierno de Armenia, a través de La Casa del Consumidor, está trabajando activamente para proteger los derechos de los consumidores en la ciudad. Como parte de esta labor, se realizaron visitas en las comunas 6 y 9 para verificar el cumplimiento de la Ley 1480, también conocida como el Estatuto del Consumidor. Esta ley busca asegurar que los productos y servicios ofrecidos sean seguros, de calidad, idóneos y cumplan con las condiciones anunciadas.
Durante estas visitas, se capacitaron a los establecimientos en las garantías que deben ofrecer a los consumidores. Entre estas, se incluye la garantía legal de un año para productos nuevos, precios visibles, devoluciones exactas, calibración de instrumentos de medición, entre otros aspectos esenciales. Estas medidas son fundamentales para la seguridad y protección de los consumidores en caso de que los productos no cumplan con sus expectativas.
Es importante destacar que, La Casa del Consumidor en Armenia ofrece servicios de orientación gratuita para los consumidores, incluyendo asesoría sobre garantías, protección contractual y publicidad engañosa. Esto refleja el compromiso de la ciudad con la protección de los derechos de los consumidores.
Estas visitas representan un paso significativo hacia la garantía y respeto de los derechos de los consumidores en Armenia.
Con motivo de la celebración del día de los niños, el próximo jueves 31 de octubre de 2024, la Banda Sinfónica Juvenil de Armenia realizará un concierto a las 5:00 p.m. en el hall del Banco de la República.
Este evento ofrecerá un repertorio variado que incluye bandas sonoras de películas y canciones del folclor colombiano, prometiendo una experiencia musical divertida, no solo para los niños, sino para todos los asistentes
El próximo sábado 2 de noviembre se llevará a cabo una jornada de servicios para las mujeres de Armenia desde las 8:00 a.m. hasta las 12:00 m. en La Casa de la Mujer, ubicada en el barrio La Patria.
Durante la jornada, las mujeres podrán acceder a servicios de medicina general, odontología, oftalmología, vacunación, atención veterinaria para sus mascotas, así como también tendrán a la mano la oferta de la Defensoría del Pueblo y el consultorio jurídico.
En las últimas horas se conoció que el Juzgado 28 laboral del Circuito de Bogotá D.C. en auto de la fecha, declaró que la Secretaría de Educación y la Alcaldía de Armenia habían desacatado el fallo del 8 de agosto de 2024, mediante el cual se amparó el derecho fundamental al debido proceso administrativo invocado por KATHERINE ADRIANA OLIVARES SALCEDO, JORGE MARIO JIMÉNEZ, VIVIANA BOLAÑOS RODRIGUEZ y LUZ ADRIANA RIVERA DELGADO.
Sobre el particular, la Secretaría de Educación Municipal de Armenia se permite aclarar que, ante la orden del Despacho Judicial relacionada con que en un término no superior a cinco (5) días, contados a partir de la notificación de la decisión, se remitiera con destino a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL las novedades que se presentaron respecto de la Resolución No. 16750 del 20 de noviembre de 2023, por la cual, se conformó y adoptó la Lista de Elegibles para proveer treinta y cinco (35) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 16, identificado con el Código OPEC No. 188892, pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la entidad en el marco del Proceso de Selección Territorial, las vacantes definitivas ocupadas por funcionarios en provisionalidad y de carrera administrativa, que se procedió a dar cumplimiento al fallo de tutela, proferido por el Despacho Judicial mencionado de la siguiente manera:
Elaborando los actos administrativos de derogatoria que a la fecha del mismo estaban pendientes, los cuales una vez firmados por el señor Alcalde y comunicados a los elegibles, se cargaron en la plataforma SIMO 4.0 módulo BNLE, conforme la normatividad vigente;
Expidiendo 4 nombramientos autorizados a esa fecha por la CNSC con base en las derogatorias cargadas,
Solicitando a la misma entidad, la apertura de SIMO 4.0 para la audiencia de escogencia de plaza por parte de los cuatro elegibles autorizados.
Se debe agregar que, a la fecha, se han registrado 11 novedades adicionales a las ordenadas por el Despacho Judicial, con los consecuentes 11 nombramientos.
No obstante, la Secretaría de Educación, haber informado en cuatro oportunidades tales situaciones al mencionado Despacho Judicial, apoyados en las pruebas que respaldan el cumplimiento del referido fallo, mediante auto de la fecha como ya se indicó, dispuso la declaratoria del desacato, desconociendo nuestras misivas.
Tal decisión, no corresponde a la realidad de las gestiones administrativas que el Municipio de Armenia realizó a través de la Secretaría de Educación, razón por la cual, se dispondrá lo pertinente ante la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá D.C., donde en el grado de consulta, presentaremos informe ante el Alto Tribunal, con el fin, que este se pronuncie de fondo, sobre el cumplimiento oportuno de la orden judicial.