Ente de Control | Descripción | Tipo de Control |
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Contraloría General de la República | Máximo organismo de control fiscal del Estado, es una entidad de carácter técnico con autonomía administrativa y presupuestal. Tiene a su cargo la función pública de ejercer control y vigilar la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación. | Fiscal |
Controlaría Municipal | Vigilar la gestión fiscal de los recursos públicos del municipio de Armenia, enmarcado en los conceptos de valores y de ética pública, con el fin de garantizar el cumplimiento de los fines esenciales del Estado; fortaleciendo el desarrollo económico, socio-cultural, tecnológico y ambiental. Todo ello fundamentado en la aplicación de los principios de eficacia, eficiencia, economía, equidad y ecología o valoración de los costos ambientales, generando el conocimiento a través de la capacitación a la ciudadanía para así lograr la participación en el buen desarrollo del control fiscal y productos y servicios con calidad y oportunidad. | Fiscal |
Procuraduria |
La Procuraduría General de la Nación es la Entidad que representa a los ciudadanos ante el Estado. Es el máximo organismo del Ministerio Público, conformado además por la Defensoría del Pueblo y las personerías. Conformada por cerca de 4 mil servidores, la Procuraduría tiene autonomía administrativa, financiera y presupuestal en los términos definidos por el Estatuto Orgánico del Presupuesto Nacional. Es su obligación velar por el correcto ejercicio de las funciones encomendadas en la Constitución y la Ley a servidores públicos y lo hace a través de sus tres funciones misionales principales:
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Disciplinario |
Personeria | La Personería Municipal de Armenia Quindío ejerce como agente del Ministerio Público ante autoridades judiciales y administrativas, de conformidad con la Constitución y la Ley, para propender y velar por la protección y derechos de los habitantes del Municipio de Armenia, en especial la mujer como eje fundamental de la familia y la sociedad, proporcionando a la comunidad una atención humana y de acercamiento con las Instituciones Públicas del Municipio. Así mismo ser vigía en la protección del medio ambiente y defensa del orden jurídico, del patrimonio público, la intervención en la solución de conflictos y la vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas en el Orden Municipal. | Social |
Defensoria del Pueblo | La Defensoría del Pueblo es la institución del Estado colombiano responsable de impulsar la efectividad de los derechos humanos de los habitantes del territorio nacional y de los colombianos en el exterior, en el marco del Estado Social de Derecho democrático, participativo y pluralista, mediante las siguientes acciones integradas:
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Social |
Concejo Municipal | El Concejo Municipal de Armenia es un órgano administrativo que junto con el alcalde componen una municipalidad, éste mismo se encuentra integrado por diecinueve concejales, quienes son elegidos mediante el voto popular. Entre las funciones de la Corporación están: ejercer el control político a la Administración Municipal, el estudio y aprobación de proyectos de acuerdo, los cuales al cumplir con los respectivos debates se convertirán en Acuerdos de obligatorio cumplimiento a nivel Municipal; dentro de los temas debatidos más destacados encontramos, la regulación de normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio, la reglamentación de los usos del suelo, la determinación de la estructura de la Administración Municipal, la aprobación del presupuesto anual de rentas y gastos, la autorización pro-témpore al Alcalde para que celebre contratos y aprueba los planes y programas de desarrollo económico, social y de obras públicas. Además de lo anterior, el Concejo Municipal es el encargado de elegir al Personero y Contralor Municipal. El Concejo Municipal debe ceñir sus actuaciones dentro del marco legal de la Constitución y La Ley, específicamente lo establecido en los artículos 313 de la Constitución Política, y la Ley 136 del 1994, siendo está reglamentada parcialmente por el decreto 863 del 2009. Por su parte el Concejo Municipal de Armenia tuvo su primer periodo de ejecución en el año de 1909 – 1911, Corporación que en esa ocasión fue conformada por Juan de Dios Vélez Vélez Presidente de la Mesa Directiva, Víctor M. Gómez, Vicepresidente, Luís M. Vanegas, Secretario General y Antonio Álvarez, José Jesús Duque y Francisco Etcheverry como Concejales. Donde en la actualidad el ente se encuentra integrada por 19 concejales elegidos por elección popular. | Político |